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sábado, 5 de abril de 2008

Prevenir el hostigamiento escolar. Alertas

Siempre que aparecen noticias de chicos accidentados, golpeados y hasta asesinados, uno enseguida los vive con angustia identificatoria, sobre todo si se dan episodios como los de esta semana, en distintos puntos del país, y conectados por una misma modalidad: Todos se desarrollan y son concebidos en el ámbito escolar.
Cuál es la postura preventiva más concreta para tomar?
Sabemos que contamos con pocas herramientas. Es notorio escuchar siempre la misma queja:"Hice la denuncia en el colegio y la directora me contesta que ellos no pueden hacer nada si se golpean o amenazan fuera de clase"-(Tengamos en cuenta las amenazas vía chat, blogs, texto, parada del colectivo, etc)-Es indignante que lo único que se defienda y prevenga sea un probable futura responsabilidad legal y que la respuesta negativa tenga que ver con no hacerse cargo del problema.Si analizamos los criterios por los cuales se desestimaron la organización de viajes de egresados(hasta los de 7mo grado), alegando que el colegio no puede responsabilizarse por los daños ocasionados por los alumnos, solo podemos llegar a una cloncusión básica: No quieren un problema extra...Tu hijo es tuyo...Hacete cargo...Nosotros solo enseñamos...Esto no es casualidad-
Será que como padres hemos dejado que otros cumplan con nuestra función y ésta es la respuesta de docentes que en el fondo están desbordados, mal pagos, desvalorizados , ignorados y basureados?Queremos que otro haga de padre y hasta pagamos por ello en muchos casos?
Discúlpenme por el ejemplo todos, pero a veces me da la misma sensación al ver a los paseadores de perros...Tenés un perro y no podés ni siquiera pasearlo un rato?
Exigimos mucho de los docentes, de manera equivocada, pero la real exigencia tiene que ser, además de la académica, de estar capacitados para contener y ensamblar distintas realidades familiares y de vida de los alumnos. Estar atentos a cómo conviven estas personas durante tantas horas del día y velar por su seguridad.
En otro orden de cosas, es responsabilidad del educador también estar alerta a todo tipo de maltrato o abuso que pueda estar sufriendo su educando, ya que legalmente están obligados a denunciarlo, tanto como los servidores públicos o los profesionales de la salud.
Mientras tanto, imaginemos cómo encarar mejor nuestra responsabilidad como padres, no sobrecarguemos la estructura formativa de nuestros hijos en el colegio como si ésta fuera la solución...Quien así lo deseara debería mandar a los chicos a un colegio pupilo y punto...O acaso hay diferencia si lo único que se comparte es la comida de la noche y el "hasta mañana". Y no contesten que no hay tiempo.... Es un tema de mirarte, preguntar si estás haciendo tu tarea de padre como corresponde y sacarse la venda de una buena vez...

ALERTAS PARA MAESTROS:

En su aula y frente a una posible cultura del hostigamiento, de la que se
sabe ningún centro está excento, los docentes deberían estar atentos a:
Las relaciones entre los alumnos…especialmente en el patio y los
corredores (recreos).
Los "billetitos", escrituras en el pizarrón, y pintadas en paredes y demás
(especialmente en los baños)
A la no participación habitual de algún/os alumno/s en particular en las
tareas cooperativas.
Al aislamiento parcial o total de algún alumno del resto del grupo.
A evidencias físicas de violencia, como moretones, rasguños, cortadas,
etc.
A la aparición de comportamientos no habituales como: tristeza
sostenida en el tiempo, poca comunicación, etc. en alumnos en los que
este tipo de conductas no eran frecuentes.
Al ausentismo reiterado de una alumno en particular…especialmente si
se "ratea solo"
A los alumnos que por una u otra razón "son diferentes".
A los alumnos que se quejan de forma reiterada
A trabajos presentados por equipos "poco creíbles", es decir grupo de
alumnos que se sabe, no suelen trabajar juntos.
A los comentarios despectivos realizados en clase respecto a otro
compañero, a viva o a baja voz
A manifestaciones somáticas reiteradas de algún alumno: dolor de
cabeza, de estómago, u otro tipo.
Reacciones extrañas o accesos de ira.
Alteraciones del rendimiento académico
Pérdidas de atención y concentración.
Comentarios de los padres.

lunes, 24 de marzo de 2008

sanciones disciplinarias

Mañana es un día como cualquiera, y sin embargo, tendré que perder toda la mañana hablando con la directora del colegio de mi hijo menor. Esto se repite cada vez que se presenta una situación atípica que tiene que ver con algo-tal como le digo a mis 2 hijos-que representa lisa y llanamente una vulneración a sus derechos. Algunos padres viven como lógico que frente a un hecho menor, una maestra, o la misma directora, amenace a un chico con dejarlo afuera del colegio o en la biblioteca, o cualquier tipo de castigo, absolútamente arbitrario y fuera de lo que marcaría como sanción probable lo que hoy se conoce como " código de convivencia", que cada colegio puede redactar de acuerdo a la ley nacional de educación.
El punto en cuestión es que si bien, hoy en día no existen más las mentadas amonestaciones de nuestra época, lo que abunda es el atropello, la advertencia directa y a veces vivida como injusta por nuestros hijos que están acostumbrados a ser tratados con otro respeto, y por sobre todo, lo más indignante, la falta de comunicación a los padres de cualquier situación por mínima que sea.
Si señores. Antes una suspensión, o una amonestación te llegaba del colegio al hogar sin dilaciones en el cuaderno de comunicaciones. Según la estrategia de cada cual con sus padres, la pasaba mejor o peor, pero hoy, tan solo sabemos de el diálogo o reproche cursado en un pasillo o en una dirección por el relato voluntario de quien lo hubiera vivido.
Mañana veremos si la Directora del colegio de mi hijo se anima a explicarme por qué le dijo a mi hijo de 11 que no lo dejaría entrar ya que no paré de revisar el cuaderno de comunicaciones y no figura lo que pasó por ningún lado...
Enterate de qué dice la ley de educación nacional respecto a los deberes- obligaciones de los alumnos. Y contame tu caso.
Hasta pronto
Merlina.


CAPITULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ALUMNOS/AS
ARTICULO 125. — Todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales.
ARTICULO 126. — Los/as alumnos/as tienen derecho a:
a) Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades.
b) Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia democrática.
c) Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
d) Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.
e) Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto.
f) Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria.
g) Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
h) Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las instituciones educativas, con responsabilidades progresivamente mayores, a medida que avancen en los niveles del sistema.
i) Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desarrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de aprendizaje.
j) Desarrollar sus aprendizajes en edificios que respondan a normas de seguridad y salubridad, con instalaciones y equipamiento que aseguren la calidad del servicio educativo.
ARTICULO 127. — Son deberes de los/as alumnos/as:
a) Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.
b) Participar en todas las actividades formativas y complementarias.
c) Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.
d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el derecho de sus compañeros/as a la educación y las orientaciones de la autoridad, los/as docentes y los/as profesores/as.
e) Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.
f) Asistir a clase regularmente y con puntualidad.
g) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones, equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo.