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viernes, 11 de abril de 2008

el silencio es salud

No se bien a qué se debe esa afirmación, pero hay veces en las que no entendés por qué no podés quedarte callada sin tener que dar explicaciones de más.

Ayer , estaba frente a la sala de guardia de un importantísimo sanatorio de la zona de Palermo, para realizar una consulta a un traumatólogo(después de haber sido derivada de un piso al otro, y presentar el carnet de la prepaga a 200 empleadas antipáticas), y mientras hacía la cola para solicitar la atención( era una guardia, y tenía a 7 personas adelante en la misma situación)escuchaba atentamente como la señorita que atendía, sometía a cada uno de los portadores de tarjeta de prepaga en mano(te aviso que no es para nada barato)a un cuestionario digno de ser empleado en un chequeo médico para subir a un transbordador espacial...."¿Hace cuánto le duele?", le preguntaba a una señora que decía sentir hormigueos en su brazo izquierdo."¿Está segura que no se golpeó?", después seguía insistiendo para ver si la señora no había dormido abrazada a algún galán, o si se torció tratanto de desenredarse el pelo en la ducha...¡Increíble! Capaz que la pobre mujer tenía un principio de infarto, o simplemente angustia y ansiedad generalizadas, pero obviamente, nada de eso era menester de ser averiguado por una mera empleada administrativa cuya función debería limitarse a sonreir y hacer que la fila se descomprima dando turnos con mayor velocidad.

Llegó mi turno y arrancamos con el cuestionario...Simplemente se me acabó la paciencia, y entonces empecé a preguntar yo: "Decime...¿Me querés convencer de que no tengo nada y capaz me voy para casa o tenés autoridad para negarme la prestación?" Porque a mí no me interesa que la señorita administrativa me diga que segúramente se me fue la mano con la clase de gimnasia, ni me haga muecas para que yo interprete que tal vez no hace falta ser vista por un médico de guardia. El silencio sería mejor. Limitarse a cumplir con la atención que uno merece por lo que paga.

Me preguntaba entonces si somos concientes a la hora de elegir una prepaga de qué debemos exigir, cuándo nos pueden decir que no y más aún, por qué debemos soportar que nos maltraten y nos hagan esperar sentados con cara de acá no pasa naranja mirando de reojo un televisor plasma(mejor pongan más personal y gasten menos en la decoración del lugar).

Por lo pronto, las empresas de medicina prepaga, no tienen una regulación marcada por la ley como las obras sociales, y lo único que las regula es el sistema normativo de la ley de defensa del consumidor.En cuanto a las prestaciones, hay que tener en cuenta que son las que marca el programa médico obligatorio, por lo que ya que pagás para recibir las mismas prestaciones que en una obra social, por lo menos que en la atención al cliente se marque la diferencia. O no?




PARA TENER ESPECIALMENTE EN CUENTAImportante resulta la sanción de la Ley 24.754, que pese a imponer especialmente a las empresas de medicina prepaga el deber de cumplir con las prestaciones obligatorias mínimas para las obras sociales (P.M.O.), son omitidas deliberadamente.El Plan Médico Obligatorio es el régimen de asistencia obligatoria que, según Resolución N° 247/96, se estableció solo para las obras sociales del sistema comprendidas en las leyes 23.660 y 23.661, haciéndose extensivo su alcance a las Empresas de Medicina Prepaga. Determina la obligación de asegurar a sus beneficiarios las prestaciones de prevención, diagnóstico y tratamiento médico oncológico, mediante sus propios servicios o a través de terceros contratados. No podrán establecer períodos de carencia ni co-seguros o co-pagos, fuera de lo expresamente indicado en el P.M.O.A través del P.M.O. se estableció la obligación de cubrir los tratamientos psiquiátricos, del HIV y problemas de drogadicción, que en general quedaban excluidos de la cobertura.No pueden establecerse períodos de carencia, es decir tiempos mínimos de espera para poder gozar de determinadas prestaciones, ni cargos adicionales fuera de los expresamente indicados en el P.M.O.La empresa no puede negar una cobertura, con independencia de lo que disponga el contrato, si es de cumplimiento obligatorio por el P.M.O.COBERTURA DEL PLAN MEDICO OBLIGATORIOAtención primaria: Programa de promoción y prevención general; Plan Materno Infantil; Programa de enfermedades oncológicas; Odontología preventiva; Programa de asistencia básica de médicos generalistas.Atención secundaria: Consultas generales; Consultas especializadas; Atención odontológica; Medicamentos; Internación general y especializada; Medios de diagnóstico (ambulatorio e internación); Traslado en ambulancia; Prótesis y órtesis; Rehabilitación; Hemodiálisis, Co-seguros.Plan Materno: Atención del embarazo y parto desde el diagnóstico y hasta el primer mes posterior al nacimiento; Estudios durante el embarazo; Cursos de parto sin temor; Internación, parto, cesárea y medicamentos (cobertura total).Plan Infantil: Controles hasta el primer año de vida. Detección perinatal finilcetonuria/hipotiroidismo. Vacunación. Internaciones clínicas y/o quirúrgicas. Coberturas de leches medicamentosas: hasta 4 kg. Por mes durante 3 meses.Especialidades cubiertas: Alergia; Cirugía torácica; Cardiología; Cirugía infantil; Cirugía ginecológica; Cirugía general; Cirugía vascular; Endocrinología y Nutrición; Clínica médica; Fonoaudiología; Dermatología; Ginecología y Obstetricia; Flebología; Hemoterapia; Gastroenterología; Fisiatría y Rehabilitación; Hematología; Neumonología; Inmunología; Neurocirugía; Nefrología; Oncología; Neurología; Ortopedia y Traumatología; Oftalmología; Pediatría; Otorrinolaringología; Psiquiatría; Proctología; Esterilidad; Reumatología; Urología.Odontología Preventiva: Campaña de prevención, fluoración y educación para la salud bucal.Oncología: Prevención del cáncer femenino. Cobertura de diagnóstico y tratamiento de las afecciones malignas y de 100% de los medicamentos que estén aprobados por protocolos nacionales.Internación: General; Clínica médica y quirúrgica. Especializada; Cirugía cardiovascular, pediátrica, neonatología, terapia intensiva y unidad coronaria, tocoginecológicas, y psiquiátricas